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Mi padre falleció repentinamente y creemos que tenía cuentas bancarias o inversiones que desconocemos. ¿Cómo podemos averiguarlo?
Respuesta: Dentro del proceso sucesorio, los abogados podemos solicitar "Oficios" (pedidos de informes) a diferentes organismos para detectar el patrimonio. Por ejemplo, se libra oficio al Banco Central (BCRA) para que informe sobre cuentas activas en cualquier banco del país, o a la Caja de Valores para saber si existen acciones o bonos. Es fundamental hacer esta investigación antes de cerrar la etapa de inventario.
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Mi padre falleció repentinamente y creemos que tenía cuentas bancarias o inversiones que desconocemos. ¿Cómo podemos averiguarlo?
Respuesta: Dentro del proceso sucesorio, los abogados podemos solicitar "Oficios" (pedidos de informes) a diferentes organismos para detectar el patrimonio. Por ejemplo, se libra oficio al Banco Central (BCRA) para que informe sobre cuentas activas en cualquier banco del país, o a la Caja de Valores para saber si existen acciones o bonos. Es fundamental hacer esta investigación antes de cerrar la etapa de inventario.
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Tenemos un comprador para la casa de la sucesión, pero todavía no inscribimos la declaratoria a nuestro nombre. ¿Podemos vender igual?
Respuesta: Sí, y es la opción más conveniente. Se utiliza la modalidad de "Tracto Abreviado". Esto permite que, en el mismo acto de la escritura de venta, el inmueble pase de los fallecidos directamente al nuevo comprador, sin tener que inscribirlo primero a nombre de los herederos. Esto les ahorra mucho tiempo y, sobre todo, les ahorra los costos de una doble escrituración.
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Tenemos un comprador para la casa de la sucesión, pero todavía no inscribimos la declaratoria a nuestro nombre. ¿Podemos vender igual?
Respuesta: Sí, y es la opción más conveniente. Se utiliza la modalidad de "Tracto Abreviado". Esto permite que, en el mismo acto de la escritura de venta, el inmueble pase de los fallecidos directamente al nuevo comprador, sin tener que inscribirlo primero a nombre de los herederos. Esto les ahorra mucho tiempo y, sobre todo, les ahorra los costos de una doble escrituración.
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Mi hermano vive en la casa que heredamos de nuestros padres, no se quiere ir y tampoco nos paga alquiler. ¿Qué podemos hacer?
Respuesta: Todos los herederos tienen los mismos derechos sobre el inmueble. Si uno de ellos hace uso exclusivo de la propiedad, los demás tienen derecho a reclamar una compensación económica mensual, conocida legalmente como "Canon Locativo". Para que esto sea efectivo, debemos enviar una intimación formal fijando el valor de ese alquiler proporcional. Si no hay acuerdo, se puede solicitar judicialmente o avanzar con la venta del bien.
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Mi hermano vive en la casa que heredamos de nuestros padres, no se quiere ir y tampoco nos paga alquiler. ¿Qué podemos hacer?
Respuesta: Todos los herederos tienen los mismos derechos sobre el inmueble. Si uno de ellos hace uso exclusivo de la propiedad, los demás tienen derecho a reclamar una compensación económica mensual, conocida legalmente como "Canon Locativo". Para que esto sea efectivo, debemos enviar una intimación formal fijando el valor de ese alquiler proporcional. Si no hay acuerdo, se puede solicitar judicialmente o avanzar con la venta del bien.
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Quiero iniciar la sucesión de mis padres pero no encuentro la Escritura original de la casa. ¿Es un impedimento para empezar?
Respuesta: No, no es un impedimento en absoluto. Para iniciar el trámite sucesorio lo principal son las partidas (defunción, nacimiento, matrimonio) para acreditar el vínculo y el derecho. Respecto al título de propiedad, nosotros podemos ayudarte a reunir la documentación necesaria para acreditar la titularidad del bien. No dejes que la falta de papeles demore el inicio del trámite.
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Quiero iniciar la sucesión de mis padres pero no encuentro la Escritura original de la casa. ¿Es un impedimento para empezar?
Respuesta: No, no es un impedimento en absoluto. Para iniciar el trámite sucesorio lo principal son las partidas (defunción, nacimiento, matrimonio) para acreditar el vínculo y el derecho. Respecto al título de propiedad, nosotros podemos ayudarte a reunir la documentación necesaria para acreditar la titularidad del bien. No dejes que la falta de papeles demore el inicio del trámite.
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Cuánto cuesta hacer una sucesión en CABA y cuáles son los gastos iniciales?
Respuesta: Hola, gracias por contactarnos. En relación a tu consulta sobre los costos de una sucesión en CABA, te comento que es difícil dar un número exacto de antemano, ya que depende de varios factores, como el valor de los bienes a heredar, la complejidad del caso y los honorarios que pactemos. Los gastos iniciales generalmente incluyen la tasa de justicia (que se calcula sobre el valor de los bienes), los edictos (publicaciones obligatorias en el Boletín Oficial), los informes de dominio, las valuaciones fiscales y otras gestiones administrativos de menor costo. Además, están nuestros honorarios profesionales por el inicio del trámite. Para darte un presupuesto más preciso y explicarte bien el proceso, te sugiero que nos contactes para coordinar una entrevista. Así podremos evaluar tu situación particular y darte un panorama completo de los costos y los pasos a seguir. Nuestro estudio está en CABA y tenemos amplia experiencia en sucesiones.
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Cuánto cuesta hacer una sucesión en CABA y cuáles son los gastos iniciales?
Respuesta: Hola, gracias por contactarnos. En relación a tu consulta sobre los costos de una sucesión en CABA, te comento que es difícil dar un número exacto de antemano, ya que depende de varios factores, como el valor de los bienes a heredar, la complejidad del caso y los honorarios que pactemos. Los gastos iniciales generalmente incluyen la tasa de justicia (que se calcula sobre el valor de los bienes), los edictos (publicaciones obligatorias en el Boletín Oficial), los informes de dominio, las valuaciones fiscales y otras gestiones administrativos de menor costo. Además, están nuestros honorarios profesionales por el inicio del trámite. Para darte un presupuesto más preciso y explicarte bien el proceso, te sugiero que nos contactes para coordinar una entrevista. Así podremos evaluar tu situación particular y darte un panorama completo de los costos y los pasos a seguir. Nuestro estudio está en CABA y tenemos amplia experiencia en sucesiones.
Hace un momento
Hola, necesito ayuda urgente. Laburo en un local de ropa en Microcentro hace dos años y nunca me pusieron en blanco. Ahora el dueño me dijo que no me necesita más, así nomás, de palabra. ¿Qué puedo hacer? Nunca tuve vacaciones ni aguinaldo, nada. Encima me debe el sueldo del mes pasado. Estoy desesperado, necesito esa plata.
Respuesta: Hola, gracias por contactarnos. Entendemos tu preocupación por esta situación laboral irregular. En principio, te comento que el despido sin causa y la falta de registración laboral son situaciones que la ley protege. Tenés derecho a reclamar por el tiempo trabajado sin registrar, las vacaciones no gozadas, el aguinaldo omitido y, por supuesto, el sueldo que te adeudan. Es importante que sepas que tenés un plazo para reclamar, así que no dejes pasar mucho tiempo. Para poder asesorarte correctamente y evaluar la mejor estrategia legal posible, necesitaríamos conocer más detalles sobre tu relación laboral y revisar la documentación que tengas (documentos, testigos, mensajes, etc.). Te invitamos a que te pongas en contacto con nosotros para coordinar una entrevista en nuestras oficinas de CABA y analizar tu caso en profundidad.
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Hola, necesito ayuda urgente. Laburo en un local de ropa en Microcentro hace dos años y nunca me pusieron en blanco. Ahora el dueño me dijo que no me necesita más, así nomás, de palabra. ¿Qué puedo hacer? Nunca tuve vacaciones ni aguinaldo, nada. Encima me debe el sueldo del mes pasado. Estoy desesperado, necesito esa plata.
Respuesta: Hola, gracias por contactarnos. Entendemos tu preocupación por esta situación laboral irregular. En principio, te comento que el despido sin causa y la falta de registración laboral son situaciones que la ley protege. Tenés derecho a reclamar por el tiempo trabajado sin registrar, las vacaciones no gozadas, el aguinaldo omitido y, por supuesto, el sueldo que te adeudan. Es importante que sepas que tenés un plazo para reclamar, así que no dejes pasar mucho tiempo. Para poder asesorarte correctamente y evaluar la mejor estrategia legal posible, necesitaríamos conocer más detalles sobre tu relación laboral y revisar la documentación que tengas (documentos, testigos, mensajes, etc.). Te invitamos a que te pongas en contacto con nosotros para coordinar una entrevista en nuestras oficinas de CABA y analizar tu caso en profundidad.
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Hola, necesito ayuda urgente. Mi vieja tiene PAMI y la derivaron a un especialista en reumatología en una clínica de acá en Córdoba, pero cuando llamé para sacar turno me dijeron que no tienen convenio con PAMI y que lo tendría que pagar particular. ¡Pero ella necesita la consulta ya! ¿Qué puedo hacer? ¿PAMI no está obligado a cubrir esto? Encima mi vieja tiene 80 años y no la puedo andar llevando de un lado al otro. Gracias.
Respuesta: Hola, gracias por contactarnos. Entiendo tu preocupación por la situación de tu mamá. En principio, PAMI está obligada a garantizar el acceso a las prestaciones médicas que necesite tu mamá, incluyendo la consulta con el especialista en reumatología. El hecho de que la clínica en Córdoba no tenga convenio con PAMI no debería ser un obstáculo, ya que la obra social debe brindarte una alternativa para que tu mamá pueda atenderse sin costo adicional. Sin embargo, nuestro estudio jurídico García Sierra tiene su sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y mi matrícula profesional me permite ejercer únicamente en esta jurisdicción. Por lo tanto, no puedo representarlos legalmente en Córdoba. De todas formas, te sugiero que presentes un reclamo formal ante PAMI exigiendo que te indiquen un prestador en Córdoba que sí tenga convenio y pueda atender a tu mamá a la brevedad. Si no lográs obtener una respuesta satisfactoria, podrías considerar presentar un amparo judicial para proteger el derecho a la salud de tu madre. Si en algún momento necesitaras asesoramiento legal en CABA, no dudes en contactarnos nuevamente.
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Hola, necesito ayuda urgente. Mi vieja tiene PAMI y la derivaron a un especialista en reumatología en una clínica de acá en Córdoba, pero cuando llamé para sacar turno me dijeron que no tienen convenio con PAMI y que lo tendría que pagar particular. ¡Pero ella necesita la consulta ya! ¿Qué puedo hacer? ¿PAMI no está obligado a cubrir esto? Encima mi vieja tiene 80 años y no la puedo andar llevando de un lado al otro. Gracias.
Respuesta: Hola, gracias por contactarnos. Entiendo tu preocupación por la situación de tu mamá. En principio, PAMI está obligada a garantizar el acceso a las prestaciones médicas que necesite tu mamá, incluyendo la consulta con el especialista en reumatología. El hecho de que la clínica en Córdoba no tenga convenio con PAMI no debería ser un obstáculo, ya que la obra social debe brindarte una alternativa para que tu mamá pueda atenderse sin costo adicional. Sin embargo, nuestro estudio jurídico García Sierra tiene su sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y mi matrícula profesional me permite ejercer únicamente en esta jurisdicción. Por lo tanto, no puedo representarlos legalmente en Córdoba. De todas formas, te sugiero que presentes un reclamo formal ante PAMI exigiendo que te indiquen un prestador en Córdoba que sí tenga convenio y pueda atender a tu mamá a la brevedad. Si no lográs obtener una respuesta satisfactoria, podrías considerar presentar un amparo judicial para proteger el derecho a la salud de tu madre. Si en algún momento necesitaras asesoramiento legal en CABA, no dudes en contactarnos nuevamente.
Hace un momento
Hola, quería hacer una consulta. Hace 5 años trabajo en un local de ropa en Palermo como vendedor. Estoy totalmente en negro (no tengo recibo de sueldo). Ayer el dueño me dijo verbalmente que no vaya más porque 'la cosa está floja', pero no me mandó telegrama ni me pagó nada. Quería saber si me corresponde indemnización y qué tengo que hacer, porque necesito la plata.
Respuesta: Hola, gracias por contactarnos. Entiendo tu preocupación por esta situación laboral irregular. Sí, te corresponde una indemnización por despido sin causa, dado que trabajaste durante 5 años y fuiste despedido verbalmente, lo cual es una forma de despido sin justificación legal. Además, al no estar registrado, también tenés derecho a reclamar por la falta de registración laboral, lo que incrementa significativamente el monto a percibir. Lo primero que tenés que hacer es intimar a tu empleador mediante un telegrama laboral (TCL) para que aclare tu situación laboral, te registre correctamente y te abone las indemnizaciones correspondientes por el despido. Es fundamental que envíes este telegrama lo antes posible, ya que existen plazos legales para realizar este tipo de reclamos. No dejes pasar el tiempo. Desde el Estudio Jurídico García Sierra, podemos ayudarte a redactar y enviar el telegrama, así como a llevar adelante el reclamo administrativo y judicial en caso de ser necesario. Tenemos altas probabilidades de éxito en este tipo de casos. Te invito a que te pongas en contacto con nosotros para coordinar una entrevista y analizar en detalle tu situación. Estamos en Capital Federal, en la zona de [insertar dirección o zona de referencia].
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Hola, quería hacer una consulta. Hace 5 años trabajo en un local de ropa en Palermo como vendedor. Estoy totalmente en negro (no tengo recibo de sueldo). Ayer el dueño me dijo verbalmente que no vaya más porque 'la cosa está floja', pero no me mandó telegrama ni me pagó nada. Quería saber si me corresponde indemnización y qué tengo que hacer, porque necesito la plata.
Respuesta: Hola, gracias por contactarnos. Entiendo tu preocupación por esta situación laboral irregular. Sí, te corresponde una indemnización por despido sin causa, dado que trabajaste durante 5 años y fuiste despedido verbalmente, lo cual es una forma de despido sin justificación legal. Además, al no estar registrado, también tenés derecho a reclamar por la falta de registración laboral, lo que incrementa significativamente el monto a percibir. Lo primero que tenés que hacer es intimar a tu empleador mediante un telegrama laboral (TCL) para que aclare tu situación laboral, te registre correctamente y te abone las indemnizaciones correspondientes por el despido. Es fundamental que envíes este telegrama lo antes posible, ya que existen plazos legales para realizar este tipo de reclamos. No dejes pasar el tiempo. Desde el Estudio Jurídico García Sierra, podemos ayudarte a redactar y enviar el telegrama, así como a llevar adelante el reclamo administrativo y judicial en caso de ser necesario. Tenemos altas probabilidades de éxito en este tipo de casos. Te invito a que te pongas en contacto con nosotros para coordinar una entrevista y analizar en detalle tu situación. Estamos en Capital Federal, en la zona de [insertar dirección o zona de referencia].
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cómo se calculan los años de aporte considerando el monotributo?
Respuesta: Hola! Gracias por contactarnos. En relación a tu consulta sobre el cálculo de años de aportes considerando el monotributo, te comento que sí, los períodos en los que estuviste inscripto en el Monotributo cuentan como años de aportes jubilatorios, siempre y cuando hayas cumplido con el pago mensual de la cuota correspondiente a la categoría en la que te encontrabas. Es importante verificar que los pagos estén correctamente registrados en ANSES. Para el cálculo específico, ANSES considera la cantidad de meses que efectivamente aportaste. Si durante algún período no abonaste el Monotributo, esos meses no se computarán como aportes. Es fundamental que revises tu historia laboral en ANSES para confirmar que todos los períodos estén debidamente registrados. Si encontrás alguna inconsistencia, es crucial que la rectifiques a la brevedad para evitar inconvenientes futuros al momento de jubilarte. Te sugiero que te acerques a nuestras oficinas en CABA para que podamos analizar tu situación en detalle y brindarte un asesoramiento más preciso. Podemos revisar tu historia laboral, verificar los pagos realizados y calcular con exactitud tus años de aportes. No dejes pasar el tiempo, ya que la correcta acreditación de tus aportes es fundamental para acceder a una jubilación digna.
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cómo se calculan los años de aporte considerando el monotributo?
Respuesta: Hola! Gracias por contactarnos. En relación a tu consulta sobre el cálculo de años de aportes considerando el monotributo, te comento que sí, los períodos en los que estuviste inscripto en el Monotributo cuentan como años de aportes jubilatorios, siempre y cuando hayas cumplido con el pago mensual de la cuota correspondiente a la categoría en la que te encontrabas. Es importante verificar que los pagos estén correctamente registrados en ANSES. Para el cálculo específico, ANSES considera la cantidad de meses que efectivamente aportaste. Si durante algún período no abonaste el Monotributo, esos meses no se computarán como aportes. Es fundamental que revises tu historia laboral en ANSES para confirmar que todos los períodos estén debidamente registrados. Si encontrás alguna inconsistencia, es crucial que la rectifiques a la brevedad para evitar inconvenientes futuros al momento de jubilarte. Te sugiero que te acerques a nuestras oficinas en CABA para que podamos analizar tu situación en detalle y brindarte un asesoramiento más preciso. Podemos revisar tu historia laboral, verificar los pagos realizados y calcular con exactitud tus años de aportes. No dejes pasar el tiempo, ya que la correcta acreditación de tus aportes es fundamental para acceder a una jubilación digna.
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