¿Trabajás "en negro" y te despidieron? Tu derecho a cobrar sigue intacto.

Aunque no tengas recibo de sueldo, la ley te protege. No aceptes un 'arreglo' por monedas ni te vayas con las manos vacías. Reclamamos tu indemnización real basada en tu sueldo verdadero.

Solo cobramos si ganamos el juicio

¿En qué situación estás? No todo es '100% en negro'. Defendemos cualquiera de estas irregularidades:

Trabajo "En Negro" Total

Cobrás todo en efectivo, no tenés obra social ni aportes, y te despidieron de palabra.

Trabajo "En Gris" (Media Jornada Falsa)

En el recibo figura media jornada (4 hs), pero trabajás jornada completa (8 o 9 hs). La diferencia te la pagan 'en mano'.

Fecha de Ingreso Falsa

Te pusieron en blanco hace poco, pero trabajás ahí hace años. Esa antigüedad vale plata.

Falso Monotributo

Te obligan a facturarle a tu 'jefe' todos los meses para disimular la relación laboral. Eso es fraude a la ley.

¿Qué pasa con la Ley Bases y el Trabajo en Negro?

Es verdad que la normativa cambió, pero es FALSO que perdiste tus derechos. Si bien algunas multas se modificaron, el empleador sigue teniendo la obligación de pagarte la indemnización por despido, preaviso y vacaciones sobre tu sueldo real. Hoy, más que nunca, necesitás una estrategia legal precisa (Telegramas Laborales bien redactados) para probar la relación laboral y evitar que nieguen que trabajaste ahí.

Primacía de la Realidad: En la justicia laboral rige este principio. Usamos testigos, chats de WhatsApp, emails, fotos en el lugar de trabajo, uniformes o transferencias bancarias para demostrar el vínculo.

Telegramas Laborales Estratégicos: Si te dijeron 'no vengas más' de palabra, no dejes de ir sin asesorarte. Enviamos un telegrama intimando a que aclaren situación laboral inmediatamente.

Plazo de Reclamo: Tenés 2 años desde el momento del despido o desde que te fuiste. Sin embargo, cuanto antes inicies el reclamo (intercambio telegráfico), más chances de éxito tenés.

Reclamá hoy mismo

No regales tu antigüedad ni tu esfuerzo.

El empleador cuenta con que no vas a hacer nada. Demostrale que conocés tus derechos. Escribinos ahora y armamos el telegrama hoy mismo.

INICIAR RECLAMO LABORAL

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* Tu email es confidencial y no va a ser publicado.

Hola, necesito ayuda urgente. Laburo en un local de ropa en Microcentro hace dos años y el dueño nunca me puso en blanco. Ayer me despidió sin preaviso y sin pagarme nada. ¿Qué puedo hacer?

Respuesta: Hola, gracias por contactarnos. Entendemos tu preocupación por esta situación laboral irregular. En principio, te comento que el despido sin causa y la falta de registración laboral son situaciones que la ley protege. Tenés derecho a reclamar por el tiempo trabajado sin registrar, las vacaciones no gozadas, el aguinaldo omitido y, por supuesto, el sueldo que te adeudan. Es importante que sepas que tenés un plazo para reclamar, así que no dejes pasar mucho tiempo. Para poder asesorarte correctamente y evaluar la mejor estrategia legal posible, necesitaríamos conocer más detalles sobre tu relación laboral y revisar la documentación que tengas (documentos, testigos, mensajes, etc.). Te invitamos a que te pongas en contacto con nosotros para coordinar una entrevista en nuestras oficinas de CABA y analizar tu caso en profundidad.

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Hola, quería hacer una consulta. Hace 5 años trabajo en un local de ropa en Palermo en negro y ayer me echaron verbalmente. ¿Puedo reclamar indemnización?

Respuesta: Hola, gracias por contactarnos. Entiendo tu preocupación por esta situación laboral irregular. Sí, te corresponde una indemnización por despido sin causa, dado que trabajaste durante 5 años y fuiste despedido verbalmente, lo cual es una forma de despido sin justificación legal. Además, al no estar registrado, también tenés derecho a reclamar por la falta de registración laboral, lo que incrementa significativamente el monto a percibir. Lo primero que tenés que hacer es intimar a tu empleador mediante un telegrama laboral (TCL) para que aclare tu situación laboral, te registre correctamente y te abone las indemnizaciones correspondientes por el despido. Es fundamental que envíes este telegrama lo antes posible, ya que existen plazos legales para realizar este tipo de reclamos. No dejes pasar el tiempo. Desde el Estudio Jurídico García Sierra, podemos ayudarte a redactar y enviar el telegrama, así como a llevar adelante el reclamo administrativo y judicial en caso de ser necesario. Tenemos altas probabilidades de éxito en este tipo de casos. Te invito a que te pongas en contacto con nosotros para coordinar una entrevista y analizar en detalle tu situación. Estamos en Capital Federal, en la zona de [insertar dirección o zona de referencia].

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¿Cómo se calculan los años de aporte considerando el monotributo?

Respuesta: Hola! Gracias por contactarnos. En relación a tu consulta sobre el cálculo de años de aportes considerando el monotributo, te comento que sí, los períodos en los que estuviste inscripto en el Monotributo cuentan como años de aportes jubilatorios, siempre y cuando hayas cumplido con el pago mensual de la cuota correspondiente a la categoría en la que te encontrabas. Es importante verificar que los pagos estén correctamente registrados en ANSES. Para el cálculo específico, ANSES considera la cantidad de meses que efectivamente aportaste. Si durante algún período no abonaste el Monotributo, esos meses no se computarán como aportes. Es fundamental que revises tu historia laboral en ANSES para confirmar que todos los períodos estén debidamente registrados. Si encontrás alguna inconsistencia, es crucial que la rectifiques a la brevedad para evitar inconvenientes futuros al momento de jubilarte. Te sugiero que te acerques a nuestras oficinas en CABA para que podamos analizar tu situación en detalle y brindarte un asesoramiento más preciso. Podemos revisar tu historia laboral, verificar los pagos realizados y calcular con exactitud tus años de aportes. No dejes pasar el tiempo, ya que la correcta acreditación de tus aportes es fundamental para acceder a una jubilación digna.

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