¿Te despidieron o trabajás 'en negro'? Defendé tus derechos (Ley 26.844).
Tanto si trabajás 'con retiro' (por hora) como 'sin retiro' (cama adentro), te corresponde indemnización. Si te echaron por casarte, por quedar embarazada o te niegan tus licencias, reclamamos las multas agravadas a tu favor.
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Mitos que usan los empleadores para no pagarte
"Estás a prueba por 3 meses"
FALSO. La ley dice que el período de prueba es solo de 15 días (con retiro) o 30 días (sin retiro). Si pasaste ese tiempo, ya estás efectiva.
"Venís pocas horas, no te tengo que blanquear"
FALSO. La Ley 26.844 obliga a registrarte desde la primera hora de trabajo. Si no tenés recibo, te corresponde la Multa por Trabajo en Negro (doble indemnización).
"Te despido porque te enfermaste"
ILEGAL. Si tenés antigüedad menor a 5 años, te deben pagar hasta 3 meses de licencia por enfermedad. Si te echan, reclamamos discriminación.
"Te pago solo los días trabajados y te vas"
INCORRECTO. Te deben pagar: Preaviso (10 días o 1 mes), Mes de Integración (el mes completo aunque te echen el día 2) y Vacaciones no gozadas.
Reclamamos la indemnización completa
El régimen de Casas Particulares tiene multas específicas que benefician a la trabajadora. En el Estudio García Sierra analizamos tu antigüedad real y calculamos cada rubro según la escala salarial vigente para maximizar tu liquidación.
Multa por Trabajo en Negro: Si no estabas registrada (o estabas mal registrada), la Ley duplica tu indemnización por despido (Art. 50 Ley 26.844).
Maternidad y Matrimonio: Si te despiden por estar embarazada (7 meses y medio antes o después del parto) o por casarte, te corresponde una indemnización adicional de UN AÑO COMPLETO de sueldos.
Mes de Integración y Preaviso: Si te despiden de un día para el otro, te deben pagar el mes completo en curso más la indemnización sustitutiva de preaviso.
Diferencias Salariales y Aguinaldo: Reclamamos los aumentos que no te pagaron, el SAC proporcional y las vacaciones según tu antigüedad (desde 14 hasta 35 días).
Expertos en el Tribunal de Casas Particulares
Este rubro tiene un tribunal propio (no va a la justicia laboral común al principio). Nosotros conocemos el procedimiento específico para lograr acuerdos rápidos o sentencias favorables, protegiendo a quienes trabajaron en la intimidad de un hogar.
Protección contra el Despido Verbal ('No vengas más').
Reclamos a empleadores múltiples o herederos (si fallece el empleador).
No regales tu antigüedad ni tu esfuerzo.
El trabajo doméstico es trabajo real. Hacé valer tus años de servicio, tus licencias y tu salud.
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Derecho LaboralConsultas resueltas en tiempo real por un abogado especializado en derecho laboral.
Hola, necesito ayuda urgente. Laburo en un local de ropa en Microcentro hace dos años y nunca me pusieron en blanco. Ahora el dueño me dijo que no me necesita más, así nomás, de palabra. ¿Qué puedo hacer? Nunca tuve vacaciones ni aguinaldo, nada. Encima me debe el sueldo del mes pasado. Estoy desesperado, necesito esa plata.
Respuesta: Hola, gracias por contactarnos. Entendemos tu preocupación por esta situación laboral irregular. En principio, te comento que el despido sin causa y la falta de registración laboral son situaciones que la ley protege. Tenés derecho a reclamar por el tiempo trabajado sin registrar, las vacaciones no gozadas, el aguinaldo omitido y, por supuesto, el sueldo que te adeudan. Es importante que sepas que tenés un plazo para reclamar, así que no dejes pasar mucho tiempo. Para poder asesorarte correctamente y evaluar la mejor estrategia legal posible, necesitaríamos conocer más detalles sobre tu relación laboral y revisar la documentación que tengas (documentos, testigos, mensajes, etc.). Te invitamos a que te pongas en contacto con nosotros para coordinar una entrevista en nuestras oficinas de CABA y analizar tu caso en profundidad.
Hace un momento
Hola, necesito ayuda urgente. Laburo en un local de ropa en Microcentro hace dos años y nunca me pusieron en blanco. Ahora el dueño me dijo que no me necesita más, así nomás, de palabra. ¿Qué puedo hacer? Nunca tuve vacaciones ni aguinaldo, nada. Encima me debe el sueldo del mes pasado. Estoy desesperado, necesito esa plata.
Respuesta: Hola, gracias por contactarnos. Entendemos tu preocupación por esta situación laboral irregular. En principio, te comento que el despido sin causa y la falta de registración laboral son situaciones que la ley protege. Tenés derecho a reclamar por el tiempo trabajado sin registrar, las vacaciones no gozadas, el aguinaldo omitido y, por supuesto, el sueldo que te adeudan. Es importante que sepas que tenés un plazo para reclamar, así que no dejes pasar mucho tiempo. Para poder asesorarte correctamente y evaluar la mejor estrategia legal posible, necesitaríamos conocer más detalles sobre tu relación laboral y revisar la documentación que tengas (documentos, testigos, mensajes, etc.). Te invitamos a que te pongas en contacto con nosotros para coordinar una entrevista en nuestras oficinas de CABA y analizar tu caso en profundidad.
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Hola, necesito ayuda urgente. Mi vieja tiene PAMI y la derivaron a un especialista en reumatología en una clínica de acá en Córdoba, pero cuando llamé para sacar turno me dijeron que no tienen convenio con PAMI y que lo tendría que pagar particular. ¡Pero ella necesita la consulta ya! ¿Qué puedo hacer? ¿PAMI no está obligado a cubrir esto? Encima mi vieja tiene 80 años y no la puedo andar llevando de un lado al otro. Gracias.
Respuesta: Hola, gracias por contactarnos. Entiendo tu preocupación por la situación de tu mamá. En principio, PAMI está obligada a garantizar el acceso a las prestaciones médicas que necesite tu mamá, incluyendo la consulta con el especialista en reumatología. El hecho de que la clínica en Córdoba no tenga convenio con PAMI no debería ser un obstáculo, ya que la obra social debe brindarte una alternativa para que tu mamá pueda atenderse sin costo adicional. Sin embargo, nuestro estudio jurídico García Sierra tiene su sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y mi matrícula profesional me permite ejercer únicamente en esta jurisdicción. Por lo tanto, no puedo representarlos legalmente en Córdoba. De todas formas, te sugiero que presentes un reclamo formal ante PAMI exigiendo que te indiquen un prestador en Córdoba que sí tenga convenio y pueda atender a tu mamá a la brevedad. Si no lográs obtener una respuesta satisfactoria, podrías considerar presentar un amparo judicial para proteger el derecho a la salud de tu madre. Si en algún momento necesitaras asesoramiento legal en CABA, no dudes en contactarnos nuevamente.
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Hola, necesito ayuda urgente. Mi vieja tiene PAMI y la derivaron a un especialista en reumatología en una clínica de acá en Córdoba, pero cuando llamé para sacar turno me dijeron que no tienen convenio con PAMI y que lo tendría que pagar particular. ¡Pero ella necesita la consulta ya! ¿Qué puedo hacer? ¿PAMI no está obligado a cubrir esto? Encima mi vieja tiene 80 años y no la puedo andar llevando de un lado al otro. Gracias.
Respuesta: Hola, gracias por contactarnos. Entiendo tu preocupación por la situación de tu mamá. En principio, PAMI está obligada a garantizar el acceso a las prestaciones médicas que necesite tu mamá, incluyendo la consulta con el especialista en reumatología. El hecho de que la clínica en Córdoba no tenga convenio con PAMI no debería ser un obstáculo, ya que la obra social debe brindarte una alternativa para que tu mamá pueda atenderse sin costo adicional. Sin embargo, nuestro estudio jurídico García Sierra tiene su sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y mi matrícula profesional me permite ejercer únicamente en esta jurisdicción. Por lo tanto, no puedo representarlos legalmente en Córdoba. De todas formas, te sugiero que presentes un reclamo formal ante PAMI exigiendo que te indiquen un prestador en Córdoba que sí tenga convenio y pueda atender a tu mamá a la brevedad. Si no lográs obtener una respuesta satisfactoria, podrías considerar presentar un amparo judicial para proteger el derecho a la salud de tu madre. Si en algún momento necesitaras asesoramiento legal en CABA, no dudes en contactarnos nuevamente.
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Hola, quería hacer una consulta. Hace 5 años trabajo en un local de ropa en Palermo como vendedor. Estoy totalmente en negro (no tengo recibo de sueldo). Ayer el dueño me dijo verbalmente que no vaya más porque 'la cosa está floja', pero no me mandó telegrama ni me pagó nada. Quería saber si me corresponde indemnización y qué tengo que hacer, porque necesito la plata.
Respuesta: Hola, gracias por contactarnos. Entiendo tu preocupación por esta situación laboral irregular. Sí, te corresponde una indemnización por despido sin causa, dado que trabajaste durante 5 años y fuiste despedido verbalmente, lo cual es una forma de despido sin justificación legal. Además, al no estar registrado, también tenés derecho a reclamar por la falta de registración laboral, lo que incrementa significativamente el monto a percibir. Lo primero que tenés que hacer es intimar a tu empleador mediante un telegrama laboral (TCL) para que aclare tu situación laboral, te registre correctamente y te abone las indemnizaciones correspondientes por el despido. Es fundamental que envíes este telegrama lo antes posible, ya que existen plazos legales para realizar este tipo de reclamos. No dejes pasar el tiempo. Desde el Estudio Jurídico García Sierra, podemos ayudarte a redactar y enviar el telegrama, así como a llevar adelante el reclamo administrativo y judicial en caso de ser necesario. Tenemos altas probabilidades de éxito en este tipo de casos. Te invito a que te pongas en contacto con nosotros para coordinar una entrevista y analizar en detalle tu situación. Estamos en Capital Federal, en la zona de [insertar dirección o zona de referencia].
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Hola, quería hacer una consulta. Hace 5 años trabajo en un local de ropa en Palermo como vendedor. Estoy totalmente en negro (no tengo recibo de sueldo). Ayer el dueño me dijo verbalmente que no vaya más porque 'la cosa está floja', pero no me mandó telegrama ni me pagó nada. Quería saber si me corresponde indemnización y qué tengo que hacer, porque necesito la plata.
Respuesta: Hola, gracias por contactarnos. Entiendo tu preocupación por esta situación laboral irregular. Sí, te corresponde una indemnización por despido sin causa, dado que trabajaste durante 5 años y fuiste despedido verbalmente, lo cual es una forma de despido sin justificación legal. Además, al no estar registrado, también tenés derecho a reclamar por la falta de registración laboral, lo que incrementa significativamente el monto a percibir. Lo primero que tenés que hacer es intimar a tu empleador mediante un telegrama laboral (TCL) para que aclare tu situación laboral, te registre correctamente y te abone las indemnizaciones correspondientes por el despido. Es fundamental que envíes este telegrama lo antes posible, ya que existen plazos legales para realizar este tipo de reclamos. No dejes pasar el tiempo. Desde el Estudio Jurídico García Sierra, podemos ayudarte a redactar y enviar el telegrama, así como a llevar adelante el reclamo administrativo y judicial en caso de ser necesario. Tenemos altas probabilidades de éxito en este tipo de casos. Te invito a que te pongas en contacto con nosotros para coordinar una entrevista y analizar en detalle tu situación. Estamos en Capital Federal, en la zona de [insertar dirección o zona de referencia].
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cómo se calculan los años de aporte considerando el monotributo?
Respuesta: Hola! Gracias por contactarnos. En relación a tu consulta sobre el cálculo de años de aportes considerando el monotributo, te comento que sí, los períodos en los que estuviste inscripto en el Monotributo cuentan como años de aportes jubilatorios, siempre y cuando hayas cumplido con el pago mensual de la cuota correspondiente a la categoría en la que te encontrabas. Es importante verificar que los pagos estén correctamente registrados en ANSES. Para el cálculo específico, ANSES considera la cantidad de meses que efectivamente aportaste. Si durante algún período no abonaste el Monotributo, esos meses no se computarán como aportes. Es fundamental que revises tu historia laboral en ANSES para confirmar que todos los períodos estén debidamente registrados. Si encontrás alguna inconsistencia, es crucial que la rectifiques a la brevedad para evitar inconvenientes futuros al momento de jubilarte. Te sugiero que te acerques a nuestras oficinas en CABA para que podamos analizar tu situación en detalle y brindarte un asesoramiento más preciso. Podemos revisar tu historia laboral, verificar los pagos realizados y calcular con exactitud tus años de aportes. No dejes pasar el tiempo, ya que la correcta acreditación de tus aportes es fundamental para acceder a una jubilación digna.
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cómo se calculan los años de aporte considerando el monotributo?
Respuesta: Hola! Gracias por contactarnos. En relación a tu consulta sobre el cálculo de años de aportes considerando el monotributo, te comento que sí, los períodos en los que estuviste inscripto en el Monotributo cuentan como años de aportes jubilatorios, siempre y cuando hayas cumplido con el pago mensual de la cuota correspondiente a la categoría en la que te encontrabas. Es importante verificar que los pagos estén correctamente registrados en ANSES. Para el cálculo específico, ANSES considera la cantidad de meses que efectivamente aportaste. Si durante algún período no abonaste el Monotributo, esos meses no se computarán como aportes. Es fundamental que revises tu historia laboral en ANSES para confirmar que todos los períodos estén debidamente registrados. Si encontrás alguna inconsistencia, es crucial que la rectifiques a la brevedad para evitar inconvenientes futuros al momento de jubilarte. Te sugiero que te acerques a nuestras oficinas en CABA para que podamos analizar tu situación en detalle y brindarte un asesoramiento más preciso. Podemos revisar tu historia laboral, verificar los pagos realizados y calcular con exactitud tus años de aportes. No dejes pasar el tiempo, ya que la correcta acreditación de tus aportes es fundamental para acceder a una jubilación digna.
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