Mala Praxis Médica: Cómo reclamar si fuiste víctima de un error profesional

Publicado el 6 de agosto de 2025

Test de Viabilidad de Amparos de Salud

Respondé 3 preguntas simples para saber si tu caso de amparo de salud es viable y podés iniciar acciones legales.

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Cuando confiamos nuestra salud a un médico o una clínica, entendemos que existen riesgos. Sin embargo, una cosa es el riesgo propio de una enfermedad y otra muy distinta es el daño causado por negligencia, impericia o imprudencia del profesional.

La Mala Praxis no es solo "que la operación salga mal". Incluye errores de diagnóstico, olvido de material quirúrgico dentro del cuerpo, infecciones intrahospitalarias por falta de higiene, o el alta prematura de un paciente que no estaba en condiciones de irse a casa.

Obligación de Medios vs. Obligación de Resultados

Para entender si tenés un caso, hay que distinguir:

  1. Medicina General: El médico no te puede prometer la cura (obligación de resultado), pero sí te debe garantizar que usará todos los medios correctos y actualizados para intentarlo (obligación de medios). Si no siguió el protocolo, hay responsabilidad.
  2. Cirugía Estética: Aquí la vara es más alta. En muchos casos, los cirujanos plásticos sí asumen una obligación de resultado (ej: "te va a quedar la nariz así"). Si el resultado es deformante o distinto al prometido, la responsabilidad es casi automática.

La prueba reina: La Historia Clínica

Si sospechás que hubo mala praxis, lo primero que debés hacer es conseguir tu Historia Clínica. Es el documento minuto a minuto de lo que te hicieron. Muchas clínicas intentan "perderla" o adulterarla cuando huelen un juicio.

Por eso, en el Estudio Jurídico García Sierra, muchas veces iniciamos una medida judicial preliminar llamada "Secuestro de Historia Clínica". Un oficial de justicia va sorpresivamente a la clínica a retirar la documentación original para evitar que la modifiquen.

¿A quién se le reclama?

El reclamo no es solo contra el médico que te atendió. La ley establece la responsabilidad solidaria. Esto significa que podés demandar a:

  1. El Médico (y su seguro de mala praxis).
  2. La Clínica o Sanatorio (por su deber de seguridad y elección del personal).
  3. La Obra Social o Prepaga (por ser quien te ofreció esa cartilla médica).

Esto es fundamental porque asegura que haya solvencia económica para pagar la indemnización integral que te mereces por las secuelas físicas, psicológicas y el daño moral.

El Consentimiento Informado

¿Firmaste un papel antes de operarte donde decía que "asumías los riesgos"? No te preocupes. Ese documento (Consentimiento Informado) es obligatorio, pero no es un cheque en blanco para que el médico haga cualquier cosa. Si hubo negligencia (ej: operaron la pierna equivocada o erraron la dosis de anestesia), ese papel no los salva de pagar.

Preguntas Frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para iniciar un juicio por mala praxis?

El plazo de prescripción general para reclamos por daños y perjuicios derivados de responsabilidad civil es de 3 años desde que ocurrió el hecho o desde que tuviste conocimiento del daño (a veces la secuela aparece tiempo después). Pasado ese tiempo, perdés el derecho a reclamar.

¿Qué pasa si me agarró una infección en el hospital?

Las infecciones intrahospitalarias (virus hospitalarios) son una causa común de responsabilidad objetiva de las clínicas. Se considera que el establecimiento tiene el deber de seguridad y asepsia. Si entraste sano y te contagiaste una bacteria resistente adentro del quirófano o la sala, la clínica debe responder por los daños.

¿Necesito peritos médicos para el juicio?

Sí, son indispensables. El juez es abogado, no médico. Para ganar el juicio, necesitás un Médico Legista de parte que analice tu caso, haga un informe científico contundente y discuta con los peritos de la aseguradora para demostrar técnicamente dónde estuvo el error profesional.

¿Cuánto se cobra por un juicio de mala praxis?

Los montos suelen ser elevados porque se pone precio a la integridad física y a la vida. Se calcula en base al porcentaje de incapacidad que te quedó, tu edad, tu profesión y el impacto que ese daño tiene en tu vida diaria y en tus sentimientos (daño moral).

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Buenas tardes, mi nombre es Candela Estoy en periodo de embarazo en semana 14, la ecografia para descarta anomalias o sindromes, translucencia nucal, dio como riesgo intermedio en trisomias, el cual me estan derivando a realizar un ADN FETAL para descartar o diagnosticar realmente que sindrome esta afectando a mi bebe, tengo prepaga de Medicus y no me esta cubriendo el estudio, esudio de ADN Fetal es obligatorio que lo cubran? Como puedo pelear para que la prepaga cubra el estudio? Ya que es un estudio muy complejo y dificil de abonar. Quedo atenta muchas gracias

Respuesta: Buenas tardes, Candela. Lamento la situación que estás atravesando, y te adelanto que, en principio, sí hay base legal para reclamar la cobertura del ADN fetal cuando existe una indicación médica fundada como la que contás, especialmente en un embarazo de 14 semanas con un resultado de translucencia nucal de riesgo intermedio y derivación para descartar trisomías. Las prepagas están obligadas a cubrir las prestaciones médicas necesarias según la indicación profesional y el marco del Programa Médico Obligatorio, además de la Ley de Medicina Prepaga y la Ley 26.862 en lo que resulte aplicable a prácticas vinculadas con el diagnóstico y seguimiento del embarazo. Muchas veces las empresas intentan negarlo porque lo encuadran como “no obligatorio” o “de alta complejidad”, pero eso no alcanza para excluir la cobertura si hay una necesidad médica concreta de tu obstetra. Lo importante acá es cómo se pide y cómo se reclama. Necesitás contar con una orden médica clara, donde conste la edad gestacional, el antecedente del estudio de translucencia nucal, el riesgo informado y la necesidad del ADN fetal para pesquisa/descartar trisomías. Debe haber existido una solicitud formal de cobertura a Medicus de autorización y, rechazada o sin respuesta en su tiempo prudencial, procede el inicio de amparo legal para su cobertura, solicitando una medida cautelar atento la sensibilidad del tiempo. De todos modos, es importante aclarar que la promoción de un amparo y el pedido de una medida cautelar no nos permiten garantizar de antemano el resultado. La procedencia de la acción, así como la eventual concesión de la medida cautelar y la orden de cobertura, dependerán de la valoración que realice el juez interviniente, de la documentación médica acompañada, de las circunstancias concretas del caso y de los argumentos que formule la empresa de medicina prepaga. Por eso, podemos evaluar la viabilidad jurídica de dar inicio a la acción judicial y las herramientas procesales disponibles, pero no podemos asegurar que el juzgado vaya a hacer lugar al amparo o a la cautelar. Si querés, para empezar podés contactarnos y revisamos tu intercambio con Medicus para orientarse sobre cómo encarar el reclamo. Nuestro estudio trabaja exclusivamente en CABA, así que si estás en Capital Federal podemos ayudarte a preparar la intimación y evaluar la vía más rápida para lograr la cobertura. Nuestra primera consulta tiene un costo de 1 UMA (valor regulado por la CSJN).

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Salud y Prepagas

Quise contratar una prepaga pero al completar la declaración jurada y mencionar que tengo una enfermedad crónica me rechazaron la afiliación. ¿Está permitido negarme el ingreso?

Respuesta: No pueden rechazarte por una enfermedad preexistente. Lo que las prepagas están facultadas a hacer es cobrar un "valor diferencial" (autorizado por la Superintendencia de Servicios de Salud), pero nunca negar la afiliación. Este tipo de rechazos son arbitrarios y constituyen un acto de discriminación. A través de un amparo, podemos lograr que te acepten como afiliado manteniendo tus derechos y el acceso a la atención médica necesaria.

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Salud y Prepagas

Tengo un hijo con CUD (Certificado Único de Discapacidad) y la prepaga me pone topes en fonoaudiología y en el transporte al centro de día. ¿Es legal?

Respuesta: Sí, la Ley 24.901 establece que la cobertura para personas con discapacidad debe ser integral y al 100% en todas las prestaciones que necesiten (terapias, transporte, educación, prótesis). No pueden existir topes ni límites de sesiones. Si tu obra social o prepaga está retaceando estas prestaciones, realizamos el reclamo legal para que se cumpla la ley de forma inmediata y sin interrupciones.

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Salud y Prepagas

Mi médico me recetó una medicación oncológica importada pero la obra social me la niega. ¿Qué puedo hacer?

Respuesta: El derecho a la salud prevalece sobre los listados administrativos de las obras sociales. Si tu médico tratante justifica que esa medicación específica es la necesaria para tu patología, la entidad debe cubrirla al 100%. Iniciamos amparos de salud con medidas cautelares urgentes para que la justicia ordene la entrega inmediata de la medicación, ya que en estos casos el tiempo es un factor crítico para el éxito del tratamiento.

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Salud y Prepagas

Cumplí 65 años y la prepaga me aplicó un aumento desproporcionado por "cambio de franja etaria". ¿Es legal que me cobren tanto más solo por mi edad?

Respuesta: En la mayoría de los casos, no lo es. Si tenés una antigüedad mayor a 10 años en la prepaga, la ley prohíbe aumentos por edad. Incluso con menos antigüedad, los aumentos deben ser razonables y no pueden ser abusivos. Hemos logrado frenar estos incrementos mediante medidas cautelares que obligan a las empresas a mantener el valor de la cuota dentro de los parámetros legales, garantizando que podás seguir manteniendo tu cobertura.

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