Trabajo en Negro: Tus derechos tras la Ley Bases y cómo reclamar tu indemnización

Publicado el 22 de noviembre de 2025

Calculadora de Indemnización por Despido

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Si trabajás o trabajaste "en negro" (sin recibo de sueldo, sin aportes y cobrando en efectivo), debés saber que tu situación sigue siendo irregular ante la ley. A pesar de los cambios introducidos en 2024 por la Ley 27.742 (conocida como Ley Bases), el empleador sigue teniendo la obligación de pagarte indemnización si te despide.

Muchos trabajadores creen que, con la derogación de las viejas multas, han perdido todos sus derechos. Esto no es así.Si no estás registrado, tu empleador intentará decir que "no sos empleado" para no pagarte ni un peso. Tu derecho es demostrar que sí trabajabas para cobrar la liquidación completa que te corresponde por Ley de Contrato de Trabajo.

El error más grave: Renunciar o "Dejar de ir"

Es la estrategia número uno de los empleadores hoy: "Como ya no hay multas, no te voy a pagar nada. Mandame la renuncia o no vengas más".

Jamás debés renunciar. Si enviás el telegrama de renuncia, perdés tu derecho a cobrar la indemnización por antigüedad y preaviso. Si simplemente dejás de ir, te despedirán por "abandono de trabajo" justificadamente.

Estrategia Legal: El Intercambio Telegráfico

Para cobrar, debés intimar formalmente. Se requiere una "Acción Real": el envío de un telegrama laboral exigiendo que se aclare tu situación laboral.

En el Estudio Jurídico García Sierra, redactamos la intimación para probar tu vínculo laboral y asegurar que cobres lo que te corresponde por los años que dedicaste a la empresa.

¿Cómo avanzamos?

Si trabajás en Capital Federal (CABA) y estás "en negro", contactanos inmediatamente. No dejes pasar el tiempo. Aunque la ley haya cambiado, tu trabajo vale y tenés derecho a una salida justa.

Preguntas Frecuentes

¿Sigue vigente la indemnización doble por trabajo en negro?

No. Los artículos 99 y 100 de la Ley 27.742 (Ley Bases) derogaron las multas de la Ley 24.013 y 25.323 que duplicaban los montos. Sin embargo, seguís teniendo derecho a la indemnización completa por despido (antigüedad + preaviso + integración) calculada sobre tu mejor sueldo real.

¿Qué pasa si no tengo recibo de sueldo y me echan?

Si no tenés recibo, el empleador intentará negar que trabajabas ahí para no pagar nada. Por eso es vital enviar un telegrama laboral inmediatamente detallando tu fecha de ingreso, horario, tareas y sueldo real, para dejar constancia del vínculo y exigir el pago.

¿Tengo derecho a liquidación final si estaba en negro?

Sí, absolutamente. Tenés los mismos derechos que un trabajador registrado. Te corresponde cobrar los días trabajados, vacaciones proporcionales y aguinaldo proporcional. La falta de registro es una falta del empleador, no tuya, y no te quita estos derechos básicos.

¿Cómo pruebo que trabajaba ahí?

Ante la justicia, la "primacía de la realidad" es lo que vale. Podés probar tu trabajo con testigos, chats de WhatsApp con jefes o compañeros, correos electrónicos, fotos en el lugar de trabajo, uniformes o constancias de transferencias bancarias si te pagaban por esa vía.

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Hola, necesito ayuda urgente. Laburo en un local de ropa en Microcentro hace dos años y nunca me pusieron en blanco. Ahora el dueño me dijo que no me necesita más, así nomás, de palabra. ¿Qué puedo hacer? Nunca tuve vacaciones ni aguinaldo, nada. Encima me debe el sueldo del mes pasado. Estoy desesperado, necesito esa plata.

Respuesta: Hola, gracias por contactarnos. Entendemos tu preocupación por esta situación laboral irregular. En principio, te comento que el despido sin causa y la falta de registración laboral son situaciones que la ley protege. Tenés derecho a reclamar por el tiempo trabajado sin registrar, las vacaciones no gozadas, el aguinaldo omitido y, por supuesto, el sueldo que te adeudan. Es importante que sepas que tenés un plazo para reclamar, así que no dejes pasar mucho tiempo. Para poder asesorarte correctamente y evaluar la mejor estrategia legal posible, necesitaríamos conocer más detalles sobre tu relación laboral y revisar la documentación que tengas (documentos, testigos, mensajes, etc.). Te invitamos a que te pongas en contacto con nosotros para coordinar una entrevista en nuestras oficinas de CABA y analizar tu caso en profundidad.

Hace un momento

Hola, necesito ayuda urgente. Mi vieja tiene PAMI y la derivaron a un especialista en reumatología en una clínica de acá en Córdoba, pero cuando llamé para sacar turno me dijeron que no tienen convenio con PAMI y que lo tendría que pagar particular. ¡Pero ella necesita la consulta ya! ¿Qué puedo hacer? ¿PAMI no está obligado a cubrir esto? Encima mi vieja tiene 80 años y no la puedo andar llevando de un lado al otro. Gracias.

Respuesta: Hola, gracias por contactarnos. Entiendo tu preocupación por la situación de tu mamá. En principio, PAMI está obligada a garantizar el acceso a las prestaciones médicas que necesite tu mamá, incluyendo la consulta con el especialista en reumatología. El hecho de que la clínica en Córdoba no tenga convenio con PAMI no debería ser un obstáculo, ya que la obra social debe brindarte una alternativa para que tu mamá pueda atenderse sin costo adicional. Sin embargo, nuestro estudio jurídico García Sierra tiene su sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y mi matrícula profesional me permite ejercer únicamente en esta jurisdicción. Por lo tanto, no puedo representarlos legalmente en Córdoba. De todas formas, te sugiero que presentes un reclamo formal ante PAMI exigiendo que te indiquen un prestador en Córdoba que sí tenga convenio y pueda atender a tu mamá a la brevedad. Si no lográs obtener una respuesta satisfactoria, podrías considerar presentar un amparo judicial para proteger el derecho a la salud de tu madre. Si en algún momento necesitaras asesoramiento legal en CABA, no dudes en contactarnos nuevamente.

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Hola, quería hacer una consulta. Hace 5 años trabajo en un local de ropa en Palermo como vendedor. Estoy totalmente en negro (no tengo recibo de sueldo). Ayer el dueño me dijo verbalmente que no vaya más porque 'la cosa está floja', pero no me mandó telegrama ni me pagó nada. Quería saber si me corresponde indemnización y qué tengo que hacer, porque necesito la plata.

Respuesta: Hola, gracias por contactarnos. Entiendo tu preocupación por esta situación laboral irregular. Sí, te corresponde una indemnización por despido sin causa, dado que trabajaste durante 5 años y fuiste despedido verbalmente, lo cual es una forma de despido sin justificación legal. Además, al no estar registrado, también tenés derecho a reclamar por la falta de registración laboral, lo que incrementa significativamente el monto a percibir. Lo primero que tenés que hacer es intimar a tu empleador mediante un telegrama laboral (TCL) para que aclare tu situación laboral, te registre correctamente y te abone las indemnizaciones correspondientes por el despido. Es fundamental que envíes este telegrama lo antes posible, ya que existen plazos legales para realizar este tipo de reclamos. No dejes pasar el tiempo. Desde el Estudio Jurídico García Sierra, podemos ayudarte a redactar y enviar el telegrama, así como a llevar adelante el reclamo administrativo y judicial en caso de ser necesario. Tenemos altas probabilidades de éxito en este tipo de casos. Te invito a que te pongas en contacto con nosotros para coordinar una entrevista y analizar en detalle tu situación. Estamos en Capital Federal, en la zona de [insertar dirección o zona de referencia].

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cómo se calculan los años de aporte considerando el monotributo?

Respuesta: Hola! Gracias por contactarnos. En relación a tu consulta sobre el cálculo de años de aportes considerando el monotributo, te comento que sí, los períodos en los que estuviste inscripto en el Monotributo cuentan como años de aportes jubilatorios, siempre y cuando hayas cumplido con el pago mensual de la cuota correspondiente a la categoría en la que te encontrabas. Es importante verificar que los pagos estén correctamente registrados en ANSES. Para el cálculo específico, ANSES considera la cantidad de meses que efectivamente aportaste. Si durante algún período no abonaste el Monotributo, esos meses no se computarán como aportes. Es fundamental que revises tu historia laboral en ANSES para confirmar que todos los períodos estén debidamente registrados. Si encontrás alguna inconsistencia, es crucial que la rectifiques a la brevedad para evitar inconvenientes futuros al momento de jubilarte. Te sugiero que te acerques a nuestras oficinas en CABA para que podamos analizar tu situación en detalle y brindarte un asesoramiento más preciso. Podemos revisar tu historia laboral, verificar los pagos realizados y calcular con exactitud tus años de aportes. No dejes pasar el tiempo, ya que la correcta acreditación de tus aportes es fundamental para acceder a una jubilación digna.

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