Desalojo en CABA: Qué hacer si tu inquilino dejó de pagar el alquiler

Publicado el 24 de octubre de 2025

Para un propietario, no hay pesadilla peor que un inquilino moroso. Confiaste tu departamento o local, firmaste un contrato, y de repente los pagos se cortan. Empiezan las excusas: "La semana que viene te deposito", "Tengo un problema en el banco", hasta que directamente dejan de atender el teléfono.

Mientras tanto, vos seguís pagando expensas e impuestos (y quizás perdés de ganar en dólares). Muchos dueños dudan en iniciar acciones legales por miedo a que el juicio tarde años. Error: La inacción es lo que más te hace perder dinero.

El error de esperar "a ver si paga"

La Ley exige un paso previo obligatorio: la Intimación por Carta Documento. Debés intimar al inquilino a que pague lo adeudado en un plazo de 10 días, bajo apercibimiento de iniciar el desalojo.

Muchos propietarios esperan 4 o 5 meses de deuda antes de mandar la carta. Grave error. Al segundo mes impago, ya debés iniciar el proceso legal para cortar la mala fe.

El Juicio de Desalojo y el Cobro a Garantes

Si pasaron los 10 días y no pagó ni devolvió las llaves, se inicia la demanda de Desalojo. El proceso tiene dos objetivos que corren por carriles separados:

  1. Recuperar el inmueble (Desalojo): El juez ordena la restitución de la propiedad. En CABA, se puede pedir la "entrega anticipada" bajo caución si el inquilino no responde. No se discute acá si el inquilino es buena persona o si se quedó sin trabajo. Si hay contrato vencido o falta de pago comprobada, el juez debe ordenar la restitución de la propiedad.
  2. Cobrar la deuda (Ejecutivo): Aquí es donde atacamos a los Garantes. Desde el inicio, intimamos también al fiador. Cuando al garante le embargan el sueldo o le inhiben su propiedad, suele convertirse en tu mejor aliado para presionar al inquilino a que devuelva las llaves.

¿Puedo cortar la luz o cambiar la cerradura?

Absolutamente NO. Aunque tengas bronca y razón, jamás debés entrar a la fuerza o cortar servicios. Eso es un delito penal (Usurpación o Turbación) y podés terminar vos con una causa, convirtiendo al inquilino moroso en "víctima". Todo debe hacerse con orden judicial.

En el Estudio Jurídico García Sierra, actuamos rápido: redactamos la intimación en 24hs e iniciamos la demanda para que recuperes tu renta lo antes posible.

Preguntas Frecuentes

¿Cuánto tiempo tarda un juicio de desalojo en Capital Federal?

Los tiempos dependen del juzgado, pero en CABA un desalojo por falta de pago o vencimiento de contrato suele demorar entre 6 y 12 meses en promedio hasta el lanzamiento efectivo, si la defensa del inquilino no tiene sustento. Si hay seguro de caución, los tiempos de cobro suelen ser más rápidos ya que la aseguradora responde.

¿Qué pasa si hay menores de edad en el inmueble?

Es un mito que "si hay chicos no se puede desalojar". La presencia de menores no impide el desalojo. El juez debe dar intervención a la Defensoría de Menores para proteger sus derechos y buscar soluciones habitacionales con el Estado, pero esto no anula el derecho del propietario a recuperar su casa. El desalojo se ejecuta igual.

¿Quién paga los costos del juicio de desalojo?

En principio, las "costas" (honorarios de abogados, tasas de justicia, gastos) son a cargo del inquilino que perdió el juicio. Sin embargo, como el inquilino suele ser insolvente, el propietario debe adelantar los gastos y luego reclamar el reintegro a los garantes, quienes son responsables solidarios de toda la deuda.

¿Qué es el "Desalojo Anticipado"?

Es una medida cautelar que permite recuperar el inmueble antes de que termine el juicio. El Código Procesal permite pedirla si el inquilino no responde a la demanda o si no tiene pruebas de pago. A veces requiere que el propietario ofrezca una caución (garantía) real por si el desalojo resultara injusto, pero es una vía excelente para acortar plazos.

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Buenas, me gustaría un abogado especialista en propiedad horizontal para realizar una denuncia ante el RPAC. Ya estuve asesorada previamente con otra abogada e hice todas las instancias anteriores, sólo queda tramitar la misma, muchisimas gracias.

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Hola, ¿cómo están? Me comunico porque necesito asesoramiento en un conflicto relacionado con un contrato de alquiler de vivienda. Mi intención es analizar la viabilidad de rescindir el contrato por posibles incumplimientos contractuales por parte del locador, así como conocer la mejor estrategia para resguardar mis derechos. Cuento con toda la documentación necesaria (contrato de locación, intercambios de correos electrónicos, comprobantes y demás antecedentes) y me gustaría que un abogado especializado en derecho inmobiliario pudiera revisar el caso y orientarme sobre los pasos a seguir. ¿Podrían indicarme cómo coordinar una consulta y cuál es el honorario de la primera entrevista? Desde ya, muchas gracias.

Respuesta: Sí, es posible analizar la rescisión del contrato de alquiler si el locador incumplió obligaciones esenciales, pero la viabilidad concreta depende de qué incumplimiento hubo, desde cuándo ocurre y si ya lo intimaste en forma fehaciente. En locaciones de vivienda, el Código Civil y Comercial exige que el locador mantenga la cosa en condiciones de servir al uso convenido y haga las reparaciones necesarias que no sean a cargo del inquilino. Si eso no se cumple, corresponde intimar, exigir la reparación, pedir una reducción del canon dependiendo el caso o, si el incumplimiento es grave y persiste, resolver el contrato con resguardo de tus derechos. Lo importante es no actuar de manera apresurada, porque la estrategia dependerá de la prueba disponible y la gravedad del incumplimiento. En estos casos, conviene actuar por una vía fehaciente, normalmente mediante carta documento, para dejar asentado el reclamo y evitar que luego te cuestionen una rescisión unilateral sin sustento suficiente. Podemos coordinar una consulta para revisar toda la documentación y definir la mejor estrategia. Nuestro estudio trabaja exclusivamente en CABA, así que si el inmueble está en Capital Federal podemos tomar el caso sin problema. La primera entrevista tiene un honorario equivalente a 1 UMA (valor fijado por CSJN); si querés, te lo informamos al coordinar y te indicamos también qué documentación podés enviar antes para aprovechar mejor la reunión.

Buenos días. Rescindí el contrato de alquiler (CABA) hace 3 meses. El contrato indicaba la devolución del depósito a los 60 días. El inmueble fue devuelto en buenas condiciones. ¿Hay alguna forma de reclamar?

Respuesta: Buenos días, Entiendo tu situación. Sí, tenés derecho a reclamar la devolución del depósito. Si ya pasaron los 60 días estipulados en el contrato y el inmueble fue entregado en buenas condiciones, el propietario está incumpliendo con sus obligaciones. Te sugiero que envíes una carta documento intimando al propietario. En caso de que no responda o se niegue, podrás iniciar acciones legales para reclamar la restitución del depósito más los intereses correspondientes. Para analizar tu caso en detalle y evaluar las mejores estrategias legales, te invito a que te pongas en contacto con el estudio para adquirir el servicio de consulta jurídica.